Suspensión provisional del decreto que fijó salario mínimo fue apresurada, Mintrabajo
El tribunal ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar, dentro de los 8 días calendario siguientes a la notificación de la providencia, un decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total correspondiente, el cual regirá hasta que se profiera decisión de fondo en el proceso.
Para la determinación de esa cifra, el Gobierno debe aplicar integralmente los criterios legales y constitucionales vigentes, entre ellos: la meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República; la productividad certificada oficialmente; la inflación real del año anterior; el crecimiento del PIB; la contribución de los salarios al ingreso nacional; la especial protección del trabajo; la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil; la función social de la empresa; y los objetivos constitucionales de dirección de la economía.
El nuevo decreto debe contener una fundamentación económica detallada y verificable, explicando el tipo de valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación realizada, el razonamiento que conduce a la cifra final y el análisis del contexto económico, todo con respaldo en fuentes y certificaciones oficiales.
La suspensión provisional no afecta las obligaciones ni los derechos que hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el período en que el decreto produjo efectos, incluidos pagos de nómina pública y privada, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales, cuotas alimentarias, entre otras.
Estas constituyen situaciones jurídicas consolidadas, protegidas por los principios de seguridad jurídica y debido proceso, y no generan obligación de reintegro ni efectos retroactivos. El proceso judicial continuará su trámite hasta que el Consejo de Estado adopte una sentencia definitiva sobre la validez del decreto demandado.
Reacciones
El representante a la Cámara y candidato al Senado por el Centro Democrático, Juan Espinal señaló que gracias al Consejo de Estado se salvaron miles de empleos en Colombia y protege a los empresarios de una difícil situación económica el desmesurado aumento salarial decretado por el Gobierno.
El presidente de la Cámara de Representanten, Julián Lopez, sobre el tema en su cuenta de X expresó que “Duele que cuando por fin millones de trabajadores sienten un alivio real en su mesa, una decisión judicial ponga en pausa ese avance. Bajo el gobierno del presidente @petrogustavo, el salario mínimo logró acercarse al verdadero mínimo vital. Pero es más que una cifra, es garantizar el acceso a comida, arriendo, transporte, dignidad…Respeto las decisiones del @consejodeestado, pero no podemos perder de vista lo esencial de este primer gobierno progresista que busca cerrar brechas y proteger a quienes más lo necesitan”.
La representante María Fernanda Carrascal, del Pacto Histórico criticó la decisión del Consejo de Estado y dijo que “Esto es una canallada infame. La decisión del Consejo de Estado de suspender el decreto que fijó el salario mínimo es un golpe vil contra la clase trabajadora y contra nuestro sistema democrático. El aumento del 23,7 % se definió tras el agotamiento del proceso de concertación…Al suspender el decreto, el Consejo de Estado sustituye de facto el procedimiento constitucional y, en la práctica, asume la posición de los grandes gremios económicos”.