Así va la reforma laboral que podría ser aprobada hoy por el Senado

La plenaria del Senado aprobó el 75 % del texto de la reforma laboral, es decir, 58 de los 77 artículos contemplados en la ponencia.
De esos, el único negado hasta el momento es el artículo 17 que establecía el pago de una prima adicional cuando la empresa presenta un crecimiento económico superior al 4 % respecto al año anterior.
Aún quedan pendientes 19 artículos, de los cuales 16 son considerados la columna vertebral del proyecto de reforma laboral. Esto, sin considerar nuevas proposiciones con nuevos artículos que pueden agregarse cuando se retome hoy la discusión en el cuarto y último debate.
Estos son los cinco puntos clave ya aprobados por el Senado
Contrato a término indefinido como regla general
Desde que el Gobierno radicó la reforma laboral, uno de los pilares más destacados ha sido la promoción del contrato a término indefinido. De esta manera, el artículo 5 propone esta modalidad como eje transversal para garantizar la estabilidad laboral y aumentar la productividad de los trabajadores.
Lo anterior no significa que, una vez puesta en marcha la reforma, no se puedan celebrar otras formas de contratación. Tan solo aclara que para labores misionales, es decir, actividades esenciales en la compañía, el contrato a término indefinido debe ser la única opción. Para el caso de contratos a término fijo o por obra laboral, establece una serie de medidas que buscan mejorar las condiciones laborales de los trabajadores.
El artículo 5 recibió el apoyo mayoritario de la corporación.
Contratos a término fijo y obra labor
Con 75 votos por el Sí y 10 por el No, la plenaria del Senado aprobó el artículo 6 que establece nuevos lineamientos para estos dos tipos de contrataciones.
En lo que refiere a término fijo, podrán celebrarse por un término no mayor a cuatro años y deberá darse por escrito.
Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año, las partes, mediante acuerdo escrito, podrán prorrogar el número de veces que estimen conveniente; sin embargo, después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un año.
También puede darse que si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, éste se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de la prórroga. Esta misma regla aplicará a los contratos celebrados por un término inferior a un año, pero en este caso la cuarta prórroga automática será por un período de un año.
Los contratos por obra labor, también deberán darse por escrito y si una vez finalizada la obra o labor contratada, el trabajador continúa prestando sus servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido.
Si bien la plenaria del Senado aprobó que en ambas modalidades de contrato los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales, la iniciativa excluye a las empresas de estar obligadas al pago de retroactividad una vez entre en vigencia la reforma laboral.
Jornada nocturna
El Congreso aprobó el artículo 13 de la reforma laboral, que redefine el inicio de la jornada nocturna en el país. La medida fue respaldada con 87 votos a favor y ninguno en contra, reflejando un consenso unánime entre los legisladores. Este cambio establece que el horario nocturno iniciará a partir de las 7:00 p. m.
Eso tiene una implicación para los trabajadores en materia salarial, pues por cada hora trabajada, el empleador deberá pagar 35% más del sueldo. El monto del recargo nocturno se mantiene, pero este aplicará más temprano, dado que en la actualidad la norma rige desde las 9:00 pm.
Teletrabajo
El empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad para teletrabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. El auxilio de conectividad será equivalente al auxilio de transporte vigente y se ajustará anualmente de acuerdo con los criterios establecidos a la Ley 278 de 1996. Así lo estableció la plenaria del Senado, al aprobar el artículo 57 tal cual como venía de debates anteriores.
Horas extras con límites
Al someter a votación el artículo 14, que establece un límite al trabajo suplementario, el Senado votó sí con 76 votos a favor y 11 en contra. De esta forma, las horas extras no podrán exceder dos horas diarias ni las 12 horas semanales.
El debate de la reforma laboral se retoma hoy cuando se discutan otros artículos que generan controversias como el de la jornada máxima legal para que se trabaje cuatro días y se descanse tres; definir si los festivos tendrán o no un recargo del 100 % y el porcentaje de pago en contratos de aprendizaje para estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.