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¿Vives en Propiedad Horizontal? La señalización de emergencia sí tiene reglas y puede salvar tu vida

Tras los recientes eventos sísmicos que han sacudido al país, la seguridad en las copropiedades y edificios ha vuelto a ser el tema central de conversación entre residentes y administradores.
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11 Ago 2026 - 18:32 COT por Ecos del Combeima

Una de las consultas más frecuentes que hemos recibido en nuestra firma se centra en una duda vital: ¿Están nuestras zonas de evacuación debidamente señalizadas y en el lugar correcto?

La respuesta a esta inquietud no es una cuestión de estética o preferencia del administrador, sino un mandato estricto del ordenamiento jurídico colombiano.

Desde la óptica de la Ley 675 de 2001 (Régimen de Propiedad Horizontal), es competencia indelegable de las Administraciones garantizar la seguridad e integridad de la copropiedad, lo que incluye tener rutas de evacuación claras.

Sin embargo, el aspecto más crítico y donde muchas copropiedades fallan radica en las especificaciones técnicas dictadas por el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto 1072 de 2015) y, sobre todo, la Norma Sismo Resistente (NSR-10).

El mito de la "señal en lo alto"

Es común observar en múltiples edificios que las señales de "Salida de Emergencia" o flechas direccionales están ubicadas muy cerca del techo. Si bien esta ubicación es visible bajo condiciones normales, un sismo o un incendio cambian radicalmente la situación.

Expertos en gestión del riesgo y la misma normativa técnica advierten que, durante una emergencia real (especialmente con presencia de humo denso que tiende a subir), la visión humana se dirige naturalmente hacia el suelo, buscando el camino más despejado.

Por esta razón, la señalización en Propiedad Horizontal debe cumplir con criterios técnicos rigurosos:

  1. Las señales deben brillar en la oscuridad (fotoluminiscentes) para garantizar la visibilidad en caso de un corte abrupto de energía, situación altamente probable durante un sismo fuerte.
  2. El Título K del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente (NSR-10) establece parámetros específicos para los sistemas de evacuación. La señalización debe instalarse a una altura que garantice su visibilidad directa y continua, recomendándose en muchos casos complementar con señalización a nivel bajo o medio (entre 1.0 y 1.20 metros del suelo), precisamente para que sea visible incluso si las personas deben evacuar agachadas por presencia de humo.
  3. El punto final de la ruta (el punto de encuentro) debe estar en un área abierta, lejos de fachadas, postes de luz y estructuras que puedan colapsar, y debe estar marcado de forma inequívoca.

Desde LEGGAL Abogados, instamos a todos los Consejos de Administración y Administradores a no subestimar este aspecto. Una señalización deficiente no solo pone en riesgo vidas humanas, sino que, en caso de una tragedia, acarrea responsabilidad civil y penal por omisión para los órganos de administración del conjunto.

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Si usted es residente y nota que en su edificio las señales están dañadas, no brillan en la oscuridad o están ubicadas en lugares inefectivos, está en todo su derecho y es su deber cívico requerir a la administración para que adecúe el sistema de señalización conforme a la norma técnica y la ley.

La prevención no es un gasto, es la inversión más rentable para proteger la vida en comunidad

Por: Área de Derecho Inmobiliario y Corporativo - LEGGAL Anyelo Lemus & Abogados