Atención: La Corte Constitucional dio seis meses al Congreso para legislar sobre 'vientres de alquiler'

A primera hora de este lunes 5 de septiembre de 2022 se dio a conocer el pronunciamiento oficial por parte de la Corte Constitucional de Colombia en donde se le solicita al Congreso de la República que regule de manera integral la maternidad subrogada.
Pero ¿Qué es la maternidad subrogada? Consiste en el caso cuando una pareja que no puede tener hijos por sí misma lo hace valiéndose del útero sano de una mujer fértil, lo que comúnmente se conoce como vientre de alquiler.
En ese sentido el documento señala varios puntos entre ellos que; “Esta Corte lleva más de doce años advirtiendo la imperiosa necesidad de que el Congreso de la República cumpla con su obligación de legislar no solamente sobre la maternidad subrogada, sino sobre los aspectos que están directamente relacionados con esta figura. Además, el vacío legislativo que existe sobre la materia ha generado una situación jurídica que, de paso, ha obligado al juez de tutela a resolver asuntos concretos sin que las reglas puedan hacerse extensivas a otros casos, al no existir una regulación de por medio”, afirma el documento.
¿Qué antecedente estudió la Corte Constitucional para realizar este pronunciamiento?
Otro de los puntos claves tiene que ver con el caso de un hombre identificado como Mauricio, quien le solicitó a su EPS, en este caso Sanitas, para que le reconociera la licencia de paternidad, por el mismo tiempo establecido para las licencias de maternidad, es decir 18 meses, esto con el objetivo de poder cuidar de su hija recién nacida, bajo la primicia que él es padre único y cabeza de familia.
En lo que tiene que ver con el proceso de la Corte esta declaró que actualmente en existe un vacío legal acerca de los 'vientres de alquiler' tomando en cuenta el caso de Mauricio, se estimó que; “la ausencia de regulación de la maternidad subrogada repercutió en la imposibilidad de Sanitas EPS para definir cómo debía actuar en el asunto concreto. A su vez, la falta de reconocimiento de la extensión de la licencia de maternidad, ocasionada por la omisión legislativa absoluta respecto de la ‘maternidad subrogada’, afectó el interés superior de la niñez y vulneró los derechos fundamentales de los accionantes a la igualdad, al mínimo vital y a la protección integral de la familia, así como el derecho a la extensión de la licencia de maternidad en favor del accionante”, afirma el documento.
Así las cosas teniendo en cuenta las complejidades éticas, jurídicas científicas y técnicas que involucra el asunto, la Sala también exhortará al Gobierno Nacional para que, en un término de máximo seis meses desde la notificación de esta sentencia, presente un proyecto de ley ante el Congreso de la República que regule la materia.