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Multan a Movistar por “fregar” a los usuarios sin permiso

La SIC confirmó la sanción contra la empresa por usar datos personales con fines comerciales sin autorización, infringiendo la “Ley Dejen de Fregar”.
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Movistar
29 Oct 2025 - 19:38 COT por Ecos del Combeima

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción de $670 millones a Movistar Colombia, tras comprobar que la empresa realizó llamadas, mensajes de texto y comunicaciones por WhatsApp a usuarios de otras compañías de telecomunicaciones, sin autorización previa, expresa e informada de los titulares de los datos personales.

De acuerdo con la SIC, la conducta de Movistar constituye un tratamiento indebido de datos personales con fines de prospección comercial, una práctica que vulnera el derecho fundamental al habeas data y la privacidad de los ciudadanos.

“La falta de respeto que suponen las comunicaciones no deseadas, a veces en horas inapropiadas o en momentos molestos e invasivos del espacio privado, no están cobijadas por un ejercicio legítimo de las libertades de los agentes económicos”, señaló la entidad en el comunicado.

La investigación fue adelantada por la Delegatura para la Protección de Datos Personales, que concluyó que las actividades de Movistar violaban la Ley 1581 de 2012 y la reciente Ley 2300 de 2023, conocida como la “Ley Dejen de Fregar”, que regula el contacto comercial con los consumidores.

Según la resolución 78138 del 2 de octubre de 2025, la Superintendencia rechazó la apelación de la empresa y ratificó el monto de la sanción, considerando que la actuación de Movistar no puede catalogarse como un simple error administrativo, sino como una vulneración directa al derecho a la intimidad y a la tranquilidad de las personas afectadas.

La entidad fue enfática en que cualquier contacto con fines publicitarios o de mercadeo debe contar con la autorización expresa del titular de los datos. De lo contrario, será sancionado conforme a la ley.