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Consejo de Estado suspende decreto de Petro que convocaba a consulta popular

El alto tribunal consideró que el Gobierno no cumplió con el requisito constitucional del concepto previo del Senado.
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Tomada de internet
18 Jun 2025 - 15:35 COT por Ecos del Combeima

La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió este martes el decreto 0639 de 2025, expedido por el presidente Gustavo Petro para convocar a una consulta popular sobre temas laborales. La decisión se da tras admitir una demanda interpuesta por el abogado Juan Samy Merheg Marún y considerar que el decreto fue emitido sin el concepto previo favorable del Senado, como lo exige la Constitución.

La suspensión, que era ampliamente esperada en círculos jurídicos, frena temporalmente el avance de la consulta mientras se toma una decisión definitiva sobre el fondo del asunto. El Consejo de Estado precisó que, conforme al artículo 104 de la Constitución y a las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, cualquier convocatoria a consulta popular debe contar previamente con el aval del Senado, el cual en este caso fue negativo.

El decreto fue expedido el 11 de junio, a pesar de que el pasado 14 de mayo el Senado rechazó en votación la iniciativa del Gobierno. Sin embargo, desde la Casa de Nariño se argumentó que esa sesión legislativa estuvo plagada de irregularidades y que, en consecuencia, el concepto emitido por el Congreso violaba la Constitución. Por ello, el Gobierno aplicó una “excepción de inconstitucionalidad” para justificar la expedición del decreto sin el respaldo del Legislativo.

La ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas también rechazó la solicitud del Gobierno de trasladar el caso a la Corte Constitucional, al considerar que el Consejo de Estado sí tiene competencia para pronunciarse sobre la legalidad del decreto.

Con esta decisión, se suspenden los efectos jurídicos del ‘decretazo’, y el Gobierno deberá esperar a que el alto tribunal emita un fallo de fondo para saber si podrá o no avanzar en la convocatoria de la consulta popular.

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