Proceso actualización catastral en Ibagué

Firmado el Convenio entre la alcaldía de Ibagué y el IGAC para llevar a cabo la actualización catastral en el sector Urbano de la Capital Tolimense en el mes del Mayo del 2017, dicha contratación se formalizo atendiendo el articulo 5 de la Ley 14 de 1983 la cual ratifica el artículo 24 de la Ley 1450 de Junio 16 del 2011, articulo declarado exequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-077 de 2012, evidenciándose que todos los municipios (alcaldes), deben dentro del plazo máximo de cinco (5) años tienen la obligación de las actualizaciones catastrales y formación de los catastros.
En el mes de Septiembre se iniciaron la recolección y recibo de una serie de reclamaciones de contratistas de este proceso denominado actualización catastral, por ello y como deber del Concejo a través de proposición presentada por William Rosas Concejal Alianza Verde debate de Control Político al IGAC y Secretarios de Hacienda y Planeación, sesión realizada el pasado 9 de Octubre donde en conclusión se trató de una actualización ligera, improvisada y que no contaban con el tiempo y personal necesario e idóneo para poder cumplir con lo estipulado en dicho convenio.
Las actualizaciones catastrales son necesarias para los ingresos de los municipios, además son en cumplimiento de la Ley, pero la que se llevo a cabo en Ibagué no cumple por parte del IGAC con los principios de planeación y planificación, dichos inconvenientes que a la postre generaron una desbordada alta e incrementada facturación a los contribuyentes del impuesto predial unificado que fue advertida por el Concejo de Ibagué en sesión de plenaria del debate de control político fecha 9 de Octubre de 2017, donde entre otras se propuso modificar las tasas del predial que evitara facturación exagerada en especial de los estratos bajos.
Se advirtió sobre la necesidad de establecer mecanismo que evitaran los incrementos desmesurados de la facturación del predial en Ibagué producto de la actualización catastral como también lo estableció el convenio antes anotado que cita su numeral 7° del Articulo 4°: “El Municipio de Ibagué se compromete a verificar y modificar el estatuto fiscal con el fin de adecuar las tasas para evitar incrementos desmesurados en los cobros del impuesto predial unificado, como consecuencia de la actualización de la formación catastral”, cabe anotar que todos los municipios donde se llevan a cabo las actualizaciones catastrales realizan una modificación de las tasas del Predial o elevan a través de acuerdo Municipal alivios tributarios por el impacto económico negativo en el bolsillo de los contribuyente, dicha propuesta no fue acogida a sabiendas que la anterior actualización catastral realizada en el años 2009 y aplicada en el año 2010 en Ibagué, Acuerdo Municipal 036 del 2009 donde se realizó de acuerdo como lo contempla el artículo 6 de la Ley 44 de 1990 para evitar estos aumentos superiores al 100%, como para este caso se advirtió que iba ocurrir y que hoy se ve reflejada en la facturación:
“ARTICULO 6o. LIMITES DEL IMPUESTO. A partir del año en el cual entre en aplicación la formación catastral de los predios, en los términos de la Ley 14 de 1983, el Impuesto Predial Unificado resultante con base en el nuevo avalúo, no podrá exceder del doble del monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior, o del impuesto predial, según el caso. La limitación prevista en este artículo no se aplicará para los predios que se incorporen por primera vez al catastro, ni para los terrenos urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados. Tampoco se aplicará para los predios que figuraban como lotes no construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificación en él realizada”.
Además el municipio conoció con antelación este incremento del catastro y por ende la facturación, así como se le hizo saber a través de intervención de la sesión del debate de control político, dicha propuesta fue rechazada por la administración Municipal, aduciendo que se disminuirían los ingresos productos del impuesto predial, observación que fue desmentida por que dicha opción no tendría impacto negativo en el MFMP Marco Fiscal de Mediano Plazo ya que se realizaría un incremento considerable en el catastro de Ibagué, basta con ver y analizar la manifestación del Director Regional del IGAC donde indico que en los cinco (5) sectores que ya se hizo el avaluó se incremento de $3,8 Billones a $8,2 Billones tras el proceso parcial e improvisado que llevo a cabo el IGAC.
El hecho que más se recalcó con ahínco por los concejales en el debate a dicho proceso fue el que no fuera aplicada esta parcial actualización debido a ser solo avaluados al 31 diciembre de 2017 numero de 87 mil 526 predios de un total de cerca de 162 mil, donde se rompe el principio de planeación y planificación contemplados en la administración publica de nuestro país, además lo contemplado en el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia, donde en el sistema tributario se funda en los principios de equidad.
Faltando los demás sectores para llevar a cabo la actualización catastral que son ocho sectores según lo manifestado por el Director Regional del IGAC, la cual se aplicara para estos a partir del año 2019, ¿será que después de este impacto económico negativo en los contribuyentes llevado a cabo en la facturación Predial año 2018, no se llevará a cabo la modificación del acuerdo municipal de las tasas del impuesto predial unificado; PROPUESTA DE WILLIAM ROSAS CONCEJAL, en especial estos sectores 3, 4 y 1 que comprenderían las comunas 11, 12 y 2 respectivamente?
Visto de esta forma y de presentarse la respuesta positiva del ejecutivo al anterior interrogante, sería obvio entender que es viable suspender la actualización catastral que hoy en Ibagué es objeto de reclamaciones hasta tanto no se realice de manera total y completa con espacio para solución de estas y así aplicarla a partir del año 2019 con sus respectivos análisis de los ingresos de los municipios que superan ampliamente las expectativas planteadas en el Plan de Desarrollo 2016-2019.
Ver PDM 2016-2019 “ Los ingresos tributarios crecerán en promedio 17,39% durante los próximos cuatro (4) años, 2016-2019, años 2016 +1,6%, 2017 +10%, 2018 +4% y 2019 +3%”, lo cual es contrario además inferior al análisis de ingresos por la proyección de la facturación producto de la actualización catastral que de llevarse total, duplicaría el ingreso tributario IMPUESTO PREDIAL del municipio de Ibagué, así mismo se concluye que los ingresos esperados por la administración municipal desbordarían lo proyectado en el Plan Financiero 2016-2019 del orden de $2 Billones 323 mil Millones, los cuales corresponderían en un 100% de los ingresos corrientes producto del incremento de los ingresos tributarios a través de la actualización catastral.