Corte Constitucional aprobó la adopción por parejas del mismo sexo
La Corte Constitucional de Colombia aprobó el miércoles la adopción por parte de parejas del mismo sexo en una sentencia que es inapelable y se convierte en ley tras su promulgación.
Según su oficina de prensa, la Corte aprobó la norma por seis votos a favor y dos en contra, en una decisión que reconoce que las parejas homosexuales son tan aptas como las heterosexuales para la adopción de niños.
La ponencia del caso estuvo a cargo del magistrado Jorge Iván Palacio, quien en un documento de 145 páginas llegó a la conclusión de que conceptos de expertos dan cuenta de que científica y médicamente no está establecido que menores de edad puedan sufrir traumatismos si su crianza corre a cargo de parejas homosexuales.
A finales de agosto de 2014, la propia Corte Constitucional dio luz verde a la adopción de una niña por parte de dos mujeres, pero con la advertencia de que esa decisión sólo aplicaba para los casos en los que uno de los demandantes fuera la madre o el padre biológico del menor.
Actualmente las parejas homosexuales en el país pueden registrar ante un notario las llamadas "uniones de hecho" o "uniones civiles" sin que ello constituya un matrimonio y disfruten de todos los derechos de las parejas heterosexuales.
Desde 2007 las parejas del mismo sexo, por decisión de la misma Corte Constitucional, pueden heredarse y afiliarse al sistema de salud y de pensiones. Sin embargo, el Congreso colombiano se ha abstenido de legislar sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo.
La Iglesia Católica y la Procuraduría se oponían a la adopción por parte de parejas gays. Pero otras instituciones, como la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo la apoyaban.
Según ha dicho el estatal Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, al menos 10 mil niños están a la espera de que sean adoptados.