Se conocen detalles del proceso ante el CNE que buscaba tumbar la candidatura de Gerardo Yepes
Luego de que el Consejo Nacional Electoral dejara en firme la candidatura del representante Gerardo Yepes Caro a la Cámara por el Partido Conservador Colombiano, se conocieron los detalles del proceso que buscaba revocar su inscripción por su relación familiar con la alcaldesa de Santa Isabel, Diana Magaly Caro Galindo.
La solicitud fue presentada el 24 de febrero de 2026 por el ciudadano Luis Eduardo Devia Morales, quien pidió al tribunal electoral estudiar una presunta inhabilidad por parentesco. Según el recurso, Yepes sería primo hermano de la alcaldesa, lo que —a su juicio— configuraría la prohibición establecida en el numeral 5 del artículo 179 de la Constitución, que impide ser congresista a quien tenga vínculos familiares con autoridades que ejerzan poder político o civil en la misma circunscripción.
Sin embargo, al estudiar el caso, el CNE concluyó que aun si se probara el parentesco alegado, este no encaja dentro de las causales de inhabilidad previstas en la Constitución.
El organismo explicó que la norma solo contempla parentescos hasta el tercer grado de consanguinidad, que incluyen relaciones como padres e hijos, hermanos, abuelos con nietos o tíos con sobrinos.
En cambio, los primos hermanos se encuentran en cuarto grado de consanguinidad, lo que los deja por fuera de la prohibición constitucional.
La resolución incluso recuerda que, según el Código Civil, “dos primos hermanos se encuentran en cuarto grado de consanguinidad”, por lo que el vínculo alegado excede el límite establecido en la Carta Política.