¿Congelar o subir poco la administración? La "Trampa Financiera" que quebraría a las Copropiedades en 2026
Anyelo Lemus, CEO de Leggal Abogados y de IGNIKO S.A.S. E.S.P., experto asesor de 48 grandes copropiedades, advierte que aplicar incrementos por debajo del 23% real es un "suicidio financiero" que obligará a realizar costosas Asambleas Extraordinarias a mitad de año.
El reciente llamado del Gobierno Nacional invitando a las Asambleas a reducir el valor de las administraciones, o aplicar incrementos tímidos, ha generado una confusión peligrosa en Ibagué y en otras ciudades principales de Colombia. 🇨🇴
Como asesor jurídico de cabecera de 48 grandes Copropiedades, tengo el deber de advertir sobre lo que llamamos "La Trampa del Salario Mínimo". Caer en ella no significa ahorrar; significa desfinanciar la seguridad y el patrimonio de todos.
La Realidad Matemática: ¿Por qué se necesita un 23%?
Hay que hablar con números en mano. El 80% del presupuesto de una Copropiedad se va en pagarle a personas: Vigilantes, Aseadoras, Toderos y Mantenimiento.
Muchos creen que subiendo solo el IPC (Inflación) o el Salario Mínimo es suficiente. ¡Error!
Para el 2026, si sumamos el incremento del Salario Mínimo, el aumento en prestaciones, dotaciones, seguros y costos de insumos, el Incremento Real Operativo necesario para sostener una Copropiedad con calidad es un porcentaje superior o igual a cualquier indicador que aplique en nuestro país.
El Resultado Fatal: "Lo barato sale caro"
Si la Asamblea, por emoción o populismo, decide aprobar un incremento bajo (ej. 10% o 12%), matemáticamente la plata se acabará en agosto o septiembre.
¿Y qué pasa entonces? 😫
Que el Administrador se queda sin flujo de caja para pagar la nómina o la seguridad.
Esto obliga a convocar de urgencia a Asambleas Extraordinarias para pedir cuotas extras de supervivencia.
- El costo oculto: Esto implica gastar más dinero en logística, alquiler de salones, sonido y refrigerios para reuniones adicionales que se pudieron evitar si se aprobaba el presupuesto correcto desde el principio.
El Mandato Legal (Ley 675 de 2001)
No es un capricho, es la Ley. Recordamos la aplicación estricta de:
- Artículo 29: Obliga a los propietarios a contribuir a las expensas necesarias.
- Artículo 38: Ordena aprobar un presupuesto que garantice el mantenimiento y conservación de la Copropiedad. Aprobar un déficit a sabiendas es ilegal.
La Solución: No toque la seguridad, toque la basura
Entonces, ¿estamos condenados a pagar más sin alivio? NO.
La solución no es desfinanciar la Copropiedad, es atacar la ineficiencia donde más duele: en los Servicios Públicos.
¿Sabía usted que Ibagué tiene la tarifa de aseo más cara de Colombia?
Esto se debe a los altos costos de podas y a que los operadores tradicionales cobran Tarifas Plenas (1 m^3) a usuarios agrupados y pequeños comerciantes, sin importar cuánto producen realmente.
Como CEO de IGNIKO S.A.S. E.S.P., traemos la solución técnica:
Nosotros no cobramos por presunción. Nosotros AFORAMOS (medimos técnicamente el volumen) de los residuos de su Copropiedad.
La Fórmula del Ahorro:
Al aforar sus residuos y aplicar la Opción Tarifaria Multiusuario, hemos logrado reducir la factura de aseo (que llega en el recibo de CELSIA) entre un 15% y un 25%.
Mensaje Final a las Asambleas
Señores Propietarios:
No aprueben presupuestos de hambre que obliguen a la informalidad o a asambleas extras.
El ahorro inteligente está en la gestión estratégica: Mantengan una cuota de administración sana y legal, y busquen el alivio económico cambiándose a IGNIKO, el operador que cobra lo justo.
Sobre el Autor:
Anyelo Lemus es CEO de Leggal Abogados y CEO de IGNIKO S.A.S. E.S.P. Su equipo blinda jurídicamente a 48 copropiedades en la región y lidera la transformación del servicio de aseo en Ibagué.