Procuraduría pide agilizar reintegro familiar o la adopción de niñas, niños y adolescentes detenidos
La Procuraduría General de la Nación, advirtió fallas en los procesos de restablecimiento de derechos de niñas, niños y adolescentes, lo que ha llevado a que un gran número permanezca por largos periodos en el sistema de protección, por fuera de los tiempos establecidos en la ley, retrasando su posibilidad de regresar a sus familias o de avanzar el derecho de tener una familia a través de la adopción.
A partir de la recolección técnica de información realizada en el año 2025, el ente de control evidenció debilidades institucionales, demoras en la resolución jurídica de los procesos, falta de talento humano para los equipos de defensorías de familia y limitaciones en las modalidades de atención inicial en hogares de paso y centros de emergencia.
También se conocieron casos en los que los procesos no se adelantan conforme a la ley y no son trasladados a las autoridades judiciales competentes, lo que prolonga la incertidumbre de los menores de edad.
De acuerdo con la delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer, los procesos administrativos de restablecimiento de derechos con altas permanencias sin justificar normativamente, o sin actualización en el Sistema de Información misional (SIM), se concentran principalmente en Bogotá D. C. (7.963 casos), Valle del Cauca (4.594) y Antioquia (1.401), donde hay un número importante de niños, niñas y adolescentes que esperan una definición perentoria de su situación jurídica .
Así mismo, se identificaron 1.411 procesos con presunta alta permanencia en 2023, de los cuales 1.082 están en verificación por parte del ente de control.
Ante este escenario, los procuradores Judiciales de Familia iniciaron un plan de intervención nacional para acelerar la respuesta institucional, remitiendo solicitudes a las regionales del ICBF para resolver de inmediato los casos, la depuración del Sistema de Información Misional y el traslado de casos a los Juzgados de Familia cuando corresponda, además de posibles actuaciones disciplinarias en caso de incumplimiento de los términos legales de la Ley 1098 de 2006 y la Ley 1878 de 2018.