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Patrulleros destituidos e inhabilitados por 20 años tras retener ilegalmente a un ciudadano y despojarlo de $753 millones

Los patrulleros Fabián Mauricio Castillo Bernal y Erwin Stid Quintero Acosta cambiaron la placa de la moto utilizada para movilizarse y usaron chaquetas de una persona que ya no hacía parte de la institución.
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En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general para ejercer funciones públicas por 20 años proferida contra los patrulleros de la Policía Nacional, Fabián Mauricio Castillo Bernal y Erwin Stid Quintero Acosta, por privar ilegalmente de la libertad a un ciudadano al que despojaron de cerca de $ 750 millones.
Crédito
PGN
15 Jul 2025 - 6:59 COT por Alfonso Aya Roa

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general para ejercer funciones públicas por 20 años proferida contra los patrulleros de la Policía Nacional, Fabián Mauricio Castillo Bernal y Erwin Stid Quintero Acosta, por privar ilegalmente de la libertad a un ciudadano al que despojaron de cerca de $ 750 millones.

La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento sostuvo que los funcionarios, quienes fungían como integrantes del Grupo de Protección de la Rama Judicial, prepararon y concertaron acciones con un oficial superior, y sin justificación operativa se ausentaron del lugar asignado para el cumplimiento de sus labores durante gran parte del 19 de enero de 2021.

La Entidad consideró que hubo una sustitución intencional de la placa de la motocicleta utilizada en el hecho investigado, así como el uso de chaquetas oficiales que habían pertenecido a un servidor que ya estaba retirado de la institución, con lo que pretendieron evitar su posterior identificación.

La Procuraduría resaltó que los elementos probatorios resultan suficientes, precisos y concordantes para establecer la responsabilidad directa de Castillo Bernal y Quintero Acosta, por lo que calificó de manera definitiva la falta disciplinaria en que incurrieron como gravísima a título de dolo. Contra esta decisión no procede recurso alguno.