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¿Por qué para el Tribunal de Bogotá no es un delito el proceder de Barreto en la liquidación del convenio Andrés Bello del año 2008?

El magistrado José Joaquín Urbano negó la reposición de la Fiscalía para dictar medida de aseguramiento contra el gobernador del Tolima. Aquí están sus argumentos jurídicos.
7 Mar 2017 - 20:24 COT por Ecos del Combeima

Luego de varias semanas de tensión el departamento recibió el fallo del magistrado José Joaquín Urbano quien se abstuvo de imponer medida de aseguramiento contra el gobernador Óscar Barreto Quiroga por los delitos imputados (Prevaricato, Peculado por Apropiación y Celebración Indebida de Contrato) y decretó medida de aseguramiento consistente en detención domiciliaria contra el exgobernador Fernando Osorio Cuenca por el convenio Andrés Bello al considerar que éste se realizó durante su mandato. Lea también (Gobernador del Tolima quedó sin medida de aseguramiento negada por el Tribunal Superior de Bogotá)

Esta fue la explicación a la decisión que realizó el magistrado Urbano en el Tribunal Superior de Bogotá:

El señor Óscar Barreto intervino en la liquidación del convenio no obstante el solo hecho de esta intervención no basta para la satisfacción de la diferencia razonable de participación, para contestar el recurso interpuesto el Tribunal hace énfasis en lo siguiente éste en ningún momento ha dicho que la participación en el proceso contractual por parte de Barreto haya sido un acto jurídicamente correcto, eso no le incumbe al Tribunal y con eso está de acuerdo con la Fiscalía, para la Fiscalía la intervención fue defectuosa y la liquidación no es un acto administrativo de liquidación. 

Pero el debate aquí no es si fue defectuosa o si fue un acto administrativo, el debate es sobre es si los defectos son de tal envergadura que permiten una diferencia razonable de  participación en un delito doloso, el Tribunal analizó con responsabilidad y detenimiento los elementos materiales probatorios y advierte que si hubieron irregularidades muy probablemente imputables al señor Óscar Barreto, pero a diferencia de la situación de Fernando Osorio Cuenca en este caso no se ve una voluntad o inteligencia explícitamente orientada a la infracción de la ley, ese es el argumento central.

Efectivamente los cuestionamientos sobre las irregularidades advertidas en la fase final del proceso de contratación se pueden imputar porque hubo defectos y en otras instancias esto puede ser cuestionado pero de cara a la diferencia razonable que requiere el Tribunal frente a la comisión de delitos dolosos se advierte que no existen fundamentos que puedan dar por satisfecho el requerimiento, esto en relación a la intervención del señor fiscal”. (Lea también La clase política del Tolima se refirió a la salida 'en limpio' de Óscar Barreto Quiroga)

El proceso pasará a la Corte Suprema de Justicia donde un juez de conocimiento tomará la decisión definitiva frente al proceso, por el momento Óscar Barreto seguirá en su cargo como primer mandatario de los tolimenses. 

“Quiero darle gracias a Dios y a la justicia en Colombia, sólo me queda seguir trabajando por el departamento del Tolima, viví momentos difíciles a raíz de malos requerimientos que en su momento había que acatarlos y aceptarlos, tal y como lo hicimos, siempre en el marco del respeto”, apuntó el gobernador luego de conocerse el fallo. Lea también ("Sólo me queda seguir trabajando por el Tolima": Óscar Barreto Quiroga).