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Hasta nueve años de cárcel podrían enfrentar quienes sean condenados por disturbios

El abogado penalista y criminólogo David Alexander Palacio explicó las posibles consecuencias judiciales por violencia contra servidor público y daño en bien ajeno.
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15 Oct 2026 - 10:36 COT por Ecos del Combeima

Las personas que sean identificadas y condenadas por agredir a integrantes de la Fuerza Pública o causar daños a bienes ajenos durante los disturbios registrados en Ibagué podrían enfrentar varios años de prisión. Así lo explicó David Alexander Palacio, abogado penalista y criminólogo, al referirse a las posibles consecuencias judiciales de estos hechos.

De acuerdo con Palacio, las penas podrían ubicarse entre los cinco y nueve años de prisión, dependiendo de los delitos que la Fiscalía formule y de las circunstancias particulares de cada caso. El jurista aclaró que la sanción no es automática, pues debe establecerse la responsabilidad individual y demostrarse la conducta atribuida.

Uno de los delitos mencionados es la violencia contra servidor público, que puede configurarse cuando se ejerce violencia contra un funcionario en las condiciones previstas por la ley. En relación con los disturbios, las autoridades han señalado una presunta agresión contra un uniformado que habría requerido atención médica.

Otra conducta bajo análisis es el daño en bien ajeno, que podría aplicarse cuando se demuestra una afectación a bienes de terceros o bienes públicos. Durante la jornada de protesta del miércoles 14 de octubre se reportaron daños en el centro de la capital tolimense, incluidos hechos que las autoridades relacionaron con afectaciones al patrimonio público.

Palacio explicó que la sanción concreta dependerá de la calificación jurídica que adopte la Fiscalía y de los elementos probatorios recopilados durante la investigación. Por esta razón, las personas involucradas podrían tener situaciones jurídicas distintas, de acuerdo con su presunta participación y las conductas que se logren demostrar.

El abogado penalista y criminólogo también advirtió que el panorama podría cambiar si los investigadores encuentran evidencias de una presunta coordinación organizada para cometer delitos. En ese escenario, la Fiscalía podría evaluar la posible configuración de concierto para delinquir, siempre que existan elementos suficientes para sustentar esa hipótesis.

Los hechos que dieron origen a la investigación ocurrieron durante una jornada de protesta que estuvo marcada por enfrentamientos, intervención policial y daños reportados en el centro de Ibagué. Tras los incidentes, las autoridades informaron sobre capturas e individualizaciones de personas presuntamente relacionadas con lo sucedido.

En cuanto a las dos personas que fueron capturadas y posteriormente quedaron en libertad, estas continúan vinculadas al proceso, según la información conocida. La recuperación de la libertad no equivale, por sí sola, a una declaración de inocencia ni a una condena: su responsabilidad deberá establecerse dentro de las actuaciones judiciales.

Por ahora, las posibles penas mencionadas por David Alexander Palacio corresponden a una estimación general y no a una sanción definida para los involucrados. La Fiscalía deberá determinar los delitos que eventualmente impute y la justicia establecerá, con base en las pruebas y la legislación aplicable, si existe responsabilidad penal y qué consecuencias corresponden.