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¡Exclusivo! Así lavaron plata de la corrupción de los Juegos Nacionales en Ibagué para comprar lujoso apartamento

El Tribunal Superior de Bogotá ratificó la sentencia condenatoria de 15 años contra Gloria Inés Martínez Acevedo, hallada responsable de lavar activos provenientes de la corrupción en los XX Juegos Deportivos Nacionales de Ibagué.
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16 Jun 2026 - 17:09 COT por Ecos del Combeima

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó la sentencia proferida el 9 de abril de 2026, mediante la cual se condenó a Gloria Inés Martínez Acevedo como coautora del delito de lavado de activos.

Los hechos se remontan al periodo entre diciembre de 2013 y junio de 2015, cuando la acusada adquirió el lujoso apartamento 205 del Edificio Studio 95 en Bogotá, valorado en más de $695 millones de pesos.

Según la investigación de la Fiscalía, parte de los recursos para la compra de este inmueble provenían de dádivas ilícitas recibidas por Orlando Arciniegas Lagos.

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Estos dineros fueron producto del direccionamiento del concurso de Méritos n° 012 de 2013 del IMDRI para el diseño de escenarios deportivos en Ibagué, adjudicado a la empresa TYPSA.

Para ocultar el origen del dinero, se utilizó una operación simulada de servicios de geotecnia a través de la sociedad ASESORES SPD S.A.S., canalizando $325.728.000 que finalmente se destinaron al pago del apartamento a nombre de Martínez Acevedo.

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Aunque la defensa alegó que la procesada fue instrumentalizada y que actuó bajo un error de tipo al desconocer la procedencia ilícita del dinero, el Tribunal desestimó estos argumentos.

La Sala determinó que existen pruebas, incluyendo testimonios de Orlando Arciniegas y Amaury Elías Blanquicet, de reuniones donde se diseñaron estrategias para otorgar apariencia de legalidad a los recursos y justificar la capacidad económica de la acusada mediante negocios societarios ficticios.

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Por estos hechos, se le impuso una pena de 15 años de prisión, una multa de 12.987,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.

Contra este fallo procede el recurso de casación.