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Negaron la acción de tutela del Ibal contra la Corporación Autónoma Regional del Tolima

Un juez no encontró argumentos para tumbar la decisión de Cortolima, luego que la corporación ordenara la suspensión de los trabajos de la fase II de la segunda etapa del acueducto complementario. 
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Ecos del Combeima, fallo tomado de Elolfato
12 Jun 2019 - 14:12 COT por Ecos del Combeima

Luego que el Ibal instaurara una acción de tutela para tratar de derribar la orden de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, que determinó que se debían suspender las obras de la fase II de la segunda etapa del acueducto  complementario, el Juzgado Séptimo Civil Municipal decidió fallar a favor de entidad encargada de velar por la protección del medio ambiente. 

Según se había conocido, Cortolima a través de una resolución decidió ordenar la suspensión de los trabajos que pretendían suministrar agua potable a más de 100 mil ibaguereños de los barrios del sur, argumentando inconsistencias en el manejo de los residuos y otras dinámicas que al parecer no cumplían con un buen plan de manejo ambiental. 

Recordemos que la acción popular fue interpuesta por el ex gerente de la empresa de acueducto y alcantarillado, Carlos Fernando Gutiérrez, luego que la Corporación le informara la negativa de los permisos por las inconsistencias encontradas en su plan de trabajo. 

Según se pudo establecer, el juez séptimo no encontró argumentos suficientes por parte del Ibal para acudir a la acción popular, de tal forma que su decisión terminó en primera instancia apoyando a Cortolima. 

Por ahora las obras deberán permanecer suspendidas mientras se resuelven las inconsistencias expuestas con anterioridad por la Corporación Autónoma Regional del Tolima.