Juez y parte: el problema que hundió la jurisdicción agraria
En este espacio de opinión he hablado varias veces de la reforma agraria. Y a mi juicio es algo sumamente importante y fue una apuesta acertada para miles de campesinos que hoy buscan legalizar sus tierras. Así como también recuerdo haber dicho que la gran apuesta de Petro iba a medias. Hoy quiero hablar de algo más profundo: de por qué la ley que iba a resolver los conflictos de tierra en Colombia se hundió en el Congreso, y de un problema que pocos han explicado con claridad, pero que toca la fibra más básica del derecho: nadie puede ser juez y parte al mismo tiempo. Y que no puede resumirse, como dijo la ministra, como un ataque de los congresistas a los campesinos colombianos.
Sé que muchos de ustedes han escuchado hablar de la jurisdicción agraria, uno de los proyectos clave del gobierno en materia de reforma rural, y que esta no logró completar su trámite en el Congreso. A juicio del gobierno, fue un atentado contra los pobres. Pero si les digo la verdad, la ley se hundió no por capricho de la oposición, no por bloqueo institucional, sino por algo mucho más revelador: porque el gobierno quería que la Agencia Nacional de Tierras, la misma entidad que ejecuta la política de tierras, fuera también quien resolviera los conflictos sobre esas tierras. La misma cuyo director renunció para hacerle política a Cepeda y que, al día siguiente de la derrota, fue nuevamente nombrado. Una actitud poco ética que demuestra que las instituciones se pueden volver politiqueras. Y que además pretendía convertirse en el mayor juez de tierras del país con la ley que se les hundió.
El principal problema surgió por las facultades que el gobierno pretendía otorgar a la ANT. Varias disposiciones generaban preocupación porque podían reducir el papel de los jueces dentro de los procesos agrarios. Lo dijo el presidente de la SAC, Jorge Bedoya, con toda la claridad del mundo: "Deben ser los jueces de la República los que tomen decisiones y no una entidad del Ejecutivo." Y lo respaldó la Corte Suprema de Justicia, que advirtió sobre la posible marginación de la justicia en esos asuntos, señalando que varios procedimientos relacionados con baldíos y adjudicaciones quedarían en la práctica bajo el manejo predominante de una autoridad administrativa y no de jueces especializados.
Párese un momento y piense en lo que eso significa en la práctica. La ANT decide a quién se le entrega la tierra. La ANT decide qué es baldío y qué es propiedad privada. La ANT decide sobre los procesos de clarificación y recuperación de predios. Y con la ley tal como el gobierno la quería, la ANT también iba a ser quien resolviera los conflictos que surgieran de todas esas decisiones. Sin juez independiente. Sin garantía de imparcialidad. Sin el debido proceso que la Constitución le garantiza a cualquier ciudadano, incluyendo al campesino más humilde del Tolima. En pocas palabras: si a usted le querían quitar su tierrita, como dicen por ahí, "expropiar", lo podían hacer sin ningún problema y sin que nadie los controlara.
Esto equivale a reinstaurar el modelo que precisamente se buscaba superar: un sistema donde la misma entidad que ejecuta la política pública es juez y parte en la definición de los procesos especiales agrarios, generando inseguridad jurídica, dilaciones interminables y desconfianza en las comunidades rurales.
Y aquí viene la paradoja que más duele. Colombia acumula más de 37 mil procesos agrarios sin resolver, la gran mayoría asociados a la clarificación de la propiedad, con un índice de Gini de tierra de 0.89 y una informalidad de la propiedad rural cercana al 54%. El campesino colombiano lleva décadas esperando que alguien resuelva si la tierra que trabaja es suya o no. Esa espera genera pobreza, conflicto y violencia. La jurisdicción agraria era la respuesta a esa espera. Pero la respuesta que propuso el gobierno venía envenenada con un artículo que le quitaba al juez su papel y se lo daba a la misma entidad que necesita ser vigilada.
La Procuraduría lo advirtió sin rodeos: "Eliminar la fase judicial del procedimiento conduciría a que todo el debate probatorio se surta exclusivamente ante la Agencia, a pesar de que esta entidad no tiene la competencia para practicar pruebas con efectos judiciales ni valorar hechos para tomar decisiones que afecten derechos sustanciales, pues ello constituye una labor propia y exclusiva de los jueces".
Dicho en cristiano: la ANT puede repartir tierras, pero no puede ser el árbitro de los pleitos que surjan de ese reparto. Eso lo tiene que hacer un juez independiente. Y ese juez independiente, prometido desde el Acuerdo de Paz de 2016, todavía no existe porque la ley que iba a crearlo se hundió por culpa de un artículo que quería darle más poder a una entidad administrativa que ya tiene demasiado.
Esta es la oportunidad para que el nuevo Congreso que se posesiona el 20 de julio, junto con el nuevo ejecutivo, encuentren una solución práctica y armoniosa que no vaya en contravía de la separación de poderes y que les permita a los campesinos colombianos tener un juez imparcial, sin conflictos de interés, que resuelva de una vez por todas la deuda histórica que este país tiene con la tierra y con quienes la trabajan.