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Tribunal Superior de Bogotá declara inocente de todos los cargos al expresidente Álvaro Uribe

El Tribunal concluyó que la jueza Heredia cometió errores al valorar las pruebas y basó su decisión en versiones contradictorias.
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medidaspagina
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Tomada de internet
21 Oct 2025 - 11:48 COT por Ecos del Combeima

El Tribunal Superior de Bogotá declaró inocente al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal, y revocó la condena de 12 años de prisión domiciliaria que había sido impuesta en agosto por la jueza Sandra Liliana Heredia. La magistratura concluyó que el fallo de primera instancia estuvo marcado por “sesgos y falencias argumentativas graves”. Con esta decisión, el caso, considerado uno de los más relevantes en la historia judicial del país, pasará a revisión de la Corte Suprema de Justicia mediante un eventual recurso de casación.

La audiencia de lectura del fallo comenzó a las 8:02 de la mañana, con la participación de los magistrados Manuel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo. Ellos analizaron la apelación interpuesta por la defensa de Uribe frente a la sentencia de 1.114 páginas que lo señalaba de haber ofrecido dádivas, a través de su abogado Diego Cadena, a exparamilitares como Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez, para que se retractaran de declaraciones que lo vinculaban con el bloque Metro de las AUC.

El Tribunal concluyó que la jueza Heredia cometió errores al valorar las pruebas y basó su decisión en versiones contradictorias. Según el magistrado Merchán, “no hay evidencia de subordinación funcional entre Uribe y Cadena, ni pruebas de que el expresidente haya instruido o inducido acciones delictivas”. Además, sostuvo que las interceptaciones telefónicas muestran que Cadena solo informaba sobre gestiones ya realizadas, sin indicios de presión o manipulación de testigos.

En el caso del testigo Juan Guillermo Monsalve, el Tribunal consideró que la jueza realizó un análisis “deficiente y falaz”, al asumir que cualquier versión en contra de Uribe debía considerarse verdadera sin un examen riguroso de las pruebas. También destacó el testimonio de Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, quien admitió no tener conocimiento directo de ofrecimientos ilícitos por parte del expresidente.

Uno de los puntos más relevantes del fallo fue la decisión de anular las interceptaciones telefónicas que la Corte Suprema realizó en 2018, al determinar que se trató de “chuzadas ilegales”, pues estaban dirigidas originalmente al excongresista Nilton Córdoba y no a Uribe. No obstante, las grabaciones de Diego Cadena sí fueron consideradas válidas, al tratarse de una excepción en casos donde se investiga la posible comisión de delitos.

El Tribunal concluyó que la Fiscalía no probó más allá de toda duda razonable la existencia de sobornos ni de fraude procesal, y que las actuaciones de Uribe se enmarcaron en la búsqueda de pruebas lícitas. Con ello, la Sala Penal determinó la absolución total del expresidente. Ahora, el expediente queda en manos de la Corte Suprema de Justicia, que decidirá si admite o no el recurso de casación que podría interponer la Fiscalía o las partes civiles.