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IGNIKO ratifica legalidad de su operación en Ibagué y denuncia barreras a la libre competencia

La empresa también presentó el concepto técnico de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), el cual aclara que actualmente no existe exclusividad en la prestación del servicio público de aseo en Ibagué.
Imagen
Igniko
Crédito
Suministrada
13 Jun 2025 - 16:10 COT por Ecos del Combeima

La empresa de aseo IGNIKO S.A.S. E.S.P. confirmó este viernes que cumple con todos los requisitos legales y técnicos para operar en el municipio de Ibagué, tras una reunión oficial con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). La entidad desmintió versiones recientes sobre una supuesta ilegalidad en la operación de la empresa, calificándolas como producto de una filtración malinterpretada de un documento en trámite.

El encuentro, que se llevó a cabo en el marco de una mesa de trabajo entre representantes de la SSPD y directivos de IGNIKO, permitió esclarecer que la inscripción en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) es un trámite informativo posterior al inicio de operaciones, y no una autorización previa para prestar el servicio.

Durante la reunión, IGNIKO presentó un informe con pruebas documentadas sobre presuntas prácticas restrictivas a la libre competencia y abuso de posición dominante por parte de las empresas Interaseo S.A.S. E.S.P. e Ibagué Limpia S.A. E.S.P. Las denuncias ya fueron radicadas ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que evalúa los hechos como paso previo a una posible investigación formal.

La empresa también expuso el concepto técnico emitido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), el cual aclara que no existe exclusividad vigente en la prestación del servicio público de aseo en Ibagué, salvo que se declare expresamente un Área de Servicio Exclusivo (ASE), situación que no aplica en este caso. De acuerdo con la CRA, la libre competencia es la norma general en este tipo de servicios, y cualquier prestador debidamente constituido tiene derecho a operar, siempre que cumpla los requisitos establecidos en la Ley 142 de 1994.

Este pronunciamiento contradice las declaraciones anteriores de la alcaldesa Johana Aranda, quien había asegurado en medios que existía exclusividad en el servicio de aseo del municipio. IGNIKO solicitó a la administración municipal pronunciarse oficialmente sobre estas aclaraciones, en su rol de garante del servicio público.

Anyelo Lemus, CEO de IGNIKO, agradeció a la SSPD por su apertura y a los entes de control que han acompañado el proceso. “Reafirmamos nuestro compromiso con un servicio de aseo legal, eficiente y respetuoso de los derechos ciudadanos. Trabajamos por una Ibagué verdaderamente limpia y transparente”, concluyó.

Tags: Igniko Ibagué