Hasta hoy hay plazo para pedir el permiso para ventas ambulantes en las fiestas
Con la expedición de los decretos que especifican las medidas de seguridad durante el Festival Folclórico Colombiano, entran en vigencia las regulaciones.
Quedaron en firme los decretos 0634 y 0633 quedan vida jurídica a las medidas de seguridad implementadas por parte de la Alcaldía de Ibagué para las fiestas del folclor.
Decreto 0634
Prohíbe el porte de armas blancas, excepto aquellas herramientas con fines laborales y educativos. Esta medida se adopta con la finalidad de prevenir las lesiones personales.
La persona que sea sorprendida portando arma blanca será reseñada en el Comando de la Policía y si reincide, se le impondrá multa, esto se hace con el objetivo de implementar controles y evitar actos delictivos.
Decreto 0633
En el estipula que el horario de atención en establecimientos nocturnos será hasta las 3:00 de la mañana, exceptuando en el tablado popular que se ubicará en el Estadio Manuel Murillo Toro, donde el horario se extenderá hasta las 5:00 de la mañana. De igual forma se establecen las modalidades bajo las cuales se podrá hacer uso del espacio público.
Hacer uso del espacio público sin autorización de la Dirección de Espacio Público y Control Urbano, esto con el objetivo de evitar que se realice cualquier actividad comercial en los antejardines.
Instalar palmas, plantas de plátano, palmiche y similares en establecimientos y casetas de comercialización de alimentos y/o licores.
Venta de bebidas y/o comestibles en vehículos automotor y de tracción animal durante los desfiles.
El parqueo de vehículos automotores en la zona de antejardín y andén sobre las avenidas.
Venta, uso de harina, espuma y pólvora durante los desfiles.
El uso de equipos de amplificación de sonido durante las caravanas y desfiles.
Prohibida la venta de cigarrillos o bebidas embriagantes por parte de menores de edad.