No más pico y placa para motos: Ministerio del Interior aprobó las solicitudes de la Alcaldía

El Ministerio del Interior aprobó el decreto que había enviado la Alcaldía de Ibagué con el objetivo de implementar nuevas medidas de cara a la recta definitiva de la cuarentena que se extenderá hasta el próximo 25 de mayo. Dentro de las principales determinaciones para la capital tolimense se encuentran la anulación del pico y placa para motos y el aval a restaurantes con el fin de que puedan prestarle servicio a sus clientes directamente en los establecimientos.
No va más el pico y placa para motos
Durante el término del periodo de aislamiento preventivo obligatorio se suspenderán los efectos de la restricción de circulación de motocicletas de que data el artículo 2o del Decreto 1000-0225 de 2020. El parrillero en vehículo tipo motocicleta solo se permite si el conductor y el acompañante trabajan en la misma empresa y con idéntico horario.
Se mantiene el pico y placa para carros
La restricción de circulación "pico y placa" para vehículos automotores tipo carro continuará vigente en la forma prevista por el Decreto 10004205 de 2020 y demás normas que lo modifican. Las personas que se movilicen en desarrollo de las actividades del sector salud, construcción y manufacfura, continuarán exceptuadas de Ia presente restricción y podrán ocupar toda la capacidad de pasajeros permitida por Ia licencia de tránsito del correspondiente vehículo, siempre que esté en propiedad de uno de aquellos y deban desplazarse a la misma empresa u obra para cumplir el mismo turno.
Luz verde para los restaurantes
Se permitirá la comercialización mediante atención al público de manera presencial en los establecimientos y locales gastronómicos cumpliendo e implementando el Plan de Aplicación del Protocolo General de Bioseguridad adoptado mediante la Resolución 666 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, previo registro del mismo conforme lo establece el Parágrafo 3" del artlculo 5" del presente decreto y acatando las siguientes medidas:
1. Se podrá realizar la venta directa para atender al público de manera presencial para el consumo en eI interior del establecimiento y/o local, sin aglomeración, respetando las distancias mínimas contempladas y conforme a un aforo.
2. Se podrá realizar Ia venta de productos mediante entrega directa del servicio al cliente para llevar y consumir fuera del mismo.
3. Se podrá realizar la venta de productos mediante entrega directa al cliente en su vehículo en los parqueaderos de los respectivos locales.
4. No se podrá hacer uso de zonas de juegos infantiles ni ningún otro elemento común.
5. Protocolos de lavado de manos, desinfección de superficies una vez sean utilizadas, certificación de manipulación de alimentos para los trabajadores de la cocina.
Se mantiene el toque de queda nocturno
La Alcaldía mantendrá el toque de queda en toda la ciudad, comprendiendo tanto en área urbana y la zona rural, prohibiendo la libre circulación de todos sus habitantes a partir del 11 de mayo de 2020 desde las 8:00 p.m., hasta las 5:00 a.m. del día siguiente durante lo que resta de la cuarentena.
Las Empresas que se encontraban exceptuadas previarnente de conformidad con el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, se encuentran habilitadas para continuar con su operación, garantizando en todo caso la irnplementación de las medidas contenidas en los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y de Protección social.
Se mantiene el pico y cédula
Las medidas de 'Pico y Cédula' continúan vigentes durante el periodo de aislamiento. Las personas que se desplacen en virtud de las excepciones contempladas en el artículo 5o del presente decreto deberán adoptar las medidas de protección como el uso de tapabocas, los cuales después de su uso natural, deberán ser desechados en un sitio seguro, así como los demás elementos de protección personal utilizados.
La presente medida no Ie aplica aI personal que trabaja en las actividades económicas exceptuadas en el atículo 5o del presente acto, quienes de acuerdo con los horarios o turnos establecidos por el respectivo sector podrán movilizarse para llegar a su lugar de trabajo. No le aplica la presente restricción a quienes deban desplazarse para el curnplimiento de citas médicas o cirugías previamente agendadas a la entrada en vigencia del presente decreto y podrán movilizarse en su vehículo particular respetando la restricción de "pico y placa"; también podrá ir con acornpañante.