Gobierno anunció esta madrugada la salida de 4 mil reclusos de las cárceles del país
El anuncio lo realizó esta madrugada el Ministerio de Justicia, luego de firmarse el decreto 546 que facilitaría la salida de unos 4 mil internos de las cárceles del país, con el único objetivo de evitar contagios en masa por la epidemia del coronavirus COVID-19.
Según lo informado por el Gobierno Nacional, esta normativa permitiría una medida de prisión domiciliaria transitoria a los internos e internas con ciertas características en su estado de salud, a quienes hayan cumplido un porcentaje del tiempo de su condena cumplido y a quienes hayan sido sentenciados por cierta clase de delitos.
Por lo anterior, la población que podría salir beneficiada tendrá que estar amparada en una de estas circunstancias:
* Personas que hayan cumplido 60 años.
* Madre gestante o con hijo menor (3) años de edad, dentro de las instalaciones carcelarias.
Personas con padecimientos de:
* Cáncer.
* VIH.
* Insuficiencia renal crónica.
* Diabetes.
* Insulinodependientes.
* Trastorno pulmonar.
* Problemas de anticoagulación.
* Hepatitis B.
* Hemofilia.
* Artritis reumatoide.
* Enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores.
* Enfermedades coronarias.
* Personas con trasplantes.
* Enfermedades autoinmunes.
* Enfermedades huérfanas.
Estas patologías tendrían que ser sustentadas con la respectiva historia clínica y la certificación expedida por el sistema general de seguridad en salud al que pertenezcan (contributivo o subsidiado) o personal médico del establecimiento penitenciario y carcelario, cuando se encuentren a cargo del Fondo Nacional Salud la personas privadas de la libertad.
Así mismo, las disposiciones de la presidencia de la República involucran a personas que presenten una movilidad reducida por discapacidad (debidamente acreditada con historia clínica), personas condenadas por delitos culposos, condenados a penas privativas de la libertad de hasta cinco (5) años prisión, y quienes hayan cumplido el cuarenta por ciento (40%) la pena privativa de libertad en las instalaciones de un establecimiento penitenciario.
Finalmente, se señaló que la disposición del Gobierno Nacional no cobijan a personas privadas de la libertad por delitos como:
* Homicidios
* Lesiones personales dolosas
* Secuestros
* Delitos contra niños, niñas y adolescentes.
* Crímenes de lesa humanidad.
* Crímenes de guerra.
Por ahora la decisión ha despertado polémica en diferentes sectores de la sociedad.
Se espera que en las próximas horas se entreguen más detalles de cómo sería la forma de evaluar la solicitud de miles de internos que querrán ser beneficiados con este decreto.