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Senado celebra constitucionalidad de la ‘Ley Sara Sofía’

Tras el visto bueno de la Corte Constitucional, la ‘Ley Sara Sofía’ pasa ahora a sanción presidencial.
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Alejandro Carlos Chacón, senador
Crédito
Leonardo Vargas/Senado
4 Dic 2025 - 8:42 COT por Alfonso Aya Roa

El senador liberal Alejandro Carlos Chacón celebró la decisión de la Corte Constitucional declaró la exequibilidad del proyecto de Ley Estatutaria conocido como ‘Ley Sara Sofía’, con lo cual avaló la creación de la Alerta Colombia, un mecanismo legal destinado a agilizar la búsqueda, localización y recuperación de niños, niñas y adolescentes extraviados en el territorio nacional.

La Ley Sara Sofía tiene como objeto crear y reglamentar la Alerta Colombia como una herramienta ágil de difusión masiva de información, que permita activar de inmediato los protocolos de búsqueda cuando se reporte la desaparición de un menor de edad en cualquier lugar del país.

El senador liberal Alejandro Carlos Chacón, uno de los autores de la iniciativa, destacó la importancia de contar con una herramienta legal moderna y eficaz para proteger a la niñez colombiana. El congresista manifestó que ahora espera que el presidente Gustavo Petro sancione la ley lo antes posible, para que el mecanismo pueda entrar en funcionamiento y comenzar a salvar vidas.

“Esta es una herramienta urgente y necesaria para garantizar una respuesta rápida del Estado y de la sociedad frente a la desaparición de niños y niñas. Con la sanción presidencial, Colombia contará con una alerta efectiva que puede marcar la diferencia, incluso, entre la vida y la muerte de los menores desaparecidos”, señaló el senador Chacón.

La ley define la Alerta Colombia como un sistema de difusión rápida de información sobre niños, niñas y adolescentes extraviados en el territorio colombiano, con el propósito de activar de forma inmediata los mecanismos de búsqueda, localización y recuperación. Su ámbito de aplicación se extiende a todos los menores de 18 años, ampliando la protección más allá de la primera infancia.

Según el articulado, se considera extraviado todo menor entre 0 y 12 años que haya salido o haya sido extraído de su domicilio, residencia, establecimiento educativo u otro lugar, y que no haya podido regresar a su hogar, sin que su familia o núcleo cercano logre ubicarlo. No obstante, la alerta podrá activarse para cualquier persona menor de 18 años que sea reportada como desaparecida.

La norma establece que los padres, madres, representantes legales, cuidadores, familiares o el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) deberán reportar la desaparición de manera inmediata, ya sea a través de medios digitales o de forma presencial, cuando no se cuente con acceso a tecnología.

El mecanismo prevé la difusión gratuita de la información del menor extraviado - como fotografía, características físicas básicas, lugar y fecha de la desaparición- a través de proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles, así como por medio de cualquier otro canal tecnológico que permita una alerta masiva dirigida tanto a las autoridades como a la ciudadanía, con el objetivo de aumentar las posibilidades de localización en las primeras horas, consideradas cruciales.

Tras el visto bueno de la Corte Constitucional, la Ley Sara Sofía pasa ahora a sanción presidencial.