Hasta el pasado 31 de diciembre tuvo vigencia el convenio suscrito por la administración seccional, a través de la Dirección de Rentas, para el recaudo del impuesto de Beneficencia en una de las entidades financieras por lo que los compradores de inmuebles se ven obligados a pagar este tributo en Ibagué.
En tal sentido, el notario de Mariquita, Vladimiro Molina Vergel, pidió al director de Rentas, Carlos Arturo Reyes Rodríguez, agilizar la firma de un nuevo acuerdo. "Se debe garantizar a los compradores de inmuebles una forma más fácil para quel pago del impuesto sin que tengan que viajar a Ibagué", explicó.
En esta situación, todos los negocios inmobiliarios que se realizan en ciudades distintas a Ibagué por ahora deben pagar este impuesto en Ibagué causando pérdida de tiempo y trámites más engorrosos a los compradores.
Para legalizar el traspaso de un inmueble se deben cancelar los siguientes impuestos: Retención en la Fuente: 1 por ciento de la cuantía del negocio (valor que asume el vendedor). Impuesto de Beneficencia: 1 por ciento del precio de venta (esta obligación le corresponde al comprador) y el Impuesto de Registro: 0,5 por ciento del valor de la transacción (queda a cargo del comprador).
Este es un espacio para compartir ideas y expresar opiniones de forma respetuosa.
16 May 2012 - 5:00 pm
En en espinal es importante poder realizar este tramite los negocios de finca raiz se ven afectados
Responder a esta opinión